RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD:REQUISITOS PROPIOS-CUESTION NO CONSTITUCIONAL-DERECHO COMUN-DAÑOS Y PERJUICIOS-INDEMNIZACION-RESPONSABILIDAD DEL ABOGADO-ABOGADOS-ASESORAMIENTO-PRESCRIPCION LIBERATORIA-COMIENZO
Texto
Corresponde rechazar la queja por cuanto no se aportan razones valederas que permitan considerar ilógica o irracional la hermen?utica asignada por el A quo al derecho sustantivo aplicado al considerar que la acción de la actora para reclamar a su abogado por un supuesto mal asesoramiento en el trámite de divorcio se encontraba expedita desde el mismo momento en que dicho asesoramiento produjo sus efectos, es decir, desde el momento en que se arribó a una sentencia de divorcio por presentación conjunta, oportunidad en que se produjo el presunto daño, ya que allí la actora perdió su vocación hereditaria.
De esta manera, si al morir el esposo, la actora carecía desde hacía más de 10 años de vocación sucesoria, no se conculcó ningún derecho subjetivo hereditario, ya que el mismo era inexistente".
Y frente a tal panorama, y determinando que el caso encuadraba dentro del ámbito de la responsabilidad contractual y que la prescripción era decenal, concluyó que la acción de marras se encontraba prescripta al momento de iniciarse la demanda de daños y perjuicios. (Del Voto de la Mayoría).
De esta manera, si al morir el esposo, la actora carecía desde hacía más de 10 años de vocación sucesoria, no se conculcó ningún derecho subjetivo hereditario, ya que el mismo era inexistente".
Y frente a tal panorama, y determinando que el caso encuadraba dentro del ámbito de la responsabilidad contractual y que la prescripción era decenal, concluyó que la acción de marras se encontraba prescripta al momento de iniciarse la demanda de daños y perjuicios. (Del Voto de la Mayoría).
Fuente : OFICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SANTA FE, SANTA FE. [Sumarios relacionados]
(FALISTOCCO - ALETTI DE TARCHINI - SPULER ? GUTIERREZ (disidencia) - NETRI (disidencia) - GASTALDI)
ESTEVEZ DE RECALDE CUESTAS, NYDIA c/ MOSSET ITURRASPE, JORGE s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD - DAÑOS Y PERJUICIOS (EXPTE.: C.S.J. NRO. 2 AÑO 2008)
SENTENCIA del 5 de Agosto de 2009
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